La función principal de los intermediarios financieros (bancos, corporaciones de ahorro y vivienda, corporaciones financieras, etc.) es captar recursos del público y con ellos otorgar préstamos. Dada la naturaleza de su negocio, las entidades financieras deben mantener parte de sus fondos en activos líquidos, activos de reserva, para cubrir retiros de fondos por parte de sus clientes. Con el fin de disminuir el riesgo de los depósitos del público en el sistema financiero, el Banco de la República determina que los activos de reserva no pueden caer por debajo de un valor mínimo que depende del monto de depósitos que reciba el intermediario.
El encaje bancario es ese
porcentaje de recursos que deben mantener congelados los intermediarios
financieros que reciben captaciones del público. Ellos
pueden mantener estas reservas ya sea en efectivo en sus cajas,
o en sus cuentas en el Banco de la República. El porcentaje
de encaje no es el mismo para todos los tipos de depósito
(cuentas de ahorros, cuentas corrientes, CDT, etc.). Ese porcentaje
varía, dependiendo de la mayor o menor liquidez que tenga
el depósito. Por ejemplo, las cuentas corrientes tienen
un encaje más alto que los demás tipos de depósitos,
pues los usuarios de estas cuentas pueden retirar su dinero en
cualquier momento y sin restricciones, lo que no ocurre con el
dinero que se encuentra invertido en CDT o en las cuentas de ahorros.

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